El Ayuntamiento de Hornachuelos ha publicado la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades locales. La presente convocatoria dispone de un crédito total de 20.000 euros.
Podrán ser objeto de subvención cualquier actividad cultural relacionada con las artes, las ciencias o las letras. Igualmente, las actividades de animación sociocultural, especialmente las de ocio y tiempo libre, destinadas al fomento de la creatividad y participación vecinal, así como los espectáculos de música. También los gastos derivados de la organización de actos y actividades deportivas o relacionadas con la promoción del deporte, así como los gastos inherentes para la federación de clubes.
También se subvenciona cualquier actividad dirigida a la formación de alumnos, sostenimiento y funcionamiento de Asociaciones de Padres y Madres y demás actividades dirigidas al sector educativo. También se incluyen las destinadas a formación en el ámbito musical.
Se pueden beneficiar también de estas ayudas cualquier actividad de animación sociocultural, programas destinados a jóvenes, concursos, exposiciones, otras actividades relacionadas con la cultura y creación juvenil, programas de información y asesoramiento, ocio y tiempo libre, actividades formativas, revistas y publicaciones y, en general, todas aquellas actividades relacionadas con el fomento de la participación y el asociacionismo juvenil y cualquier actividad encaminada a la prevención, protección y promoción de la salud, dirigidas a la población en general y colectivos en particular como jóvenes, mayores, mujeres, niños, etc. También aquellos proyectos o programas que contemplen objetivos educativos y preventivos que fomenten la salud de los diferentes grupos de población. Serán también subvencionables los gastos derivados de actividades informativas y formativas, organización de actos públicos que faciliten el conocimiento, reinserción y rehabilitación de enfermos.
Podrá ser objeto de subvención igualmente cualquier actividad encaminada a la protección del medio ambiente urbano y natural y la promoción de todo tipo de actividad que se dirija especialmente a esa protección así como actividades formativas, de información y participación de los vecinos. Incluyéndose en esta materia la protección a animales y actividades similares. También las actividades dirigidas a la promoción, funcionamiento y actuaciones de las Asociaciones de Vecinos y otras dedicadas a alguna actividad considerada de interés público y la actividad dirigida a la recuperación y conservación del patrimonio, incluido todo tipo de restos arqueológicos, etnográfico, arquitectura popular tradicional, entre otras.
Quedan excluidas de estas ayudas los gastos de inversión, entendiéndose como tal la adquisición de cualquier tipo de bien no fungible, que no sea entregado a los participantes de la actividad subvencionada, pudiendo ser susceptible de integrar el patrimonio de la propia asociación. Tampoco se subvencionan los gastos que pudiera incurrir, individualmente, cada uno de los socios de la Asociación, para el ejercicio de la actividad deportiva, de ocio, cultural, etc., ni los gastos que se refieran a comidas, bebidas y/o gastos de bares, restaurantes, o similares o los gastos de dietas.
No se subvenciona tampoco las actividades cerradas o que limiten la participación y disfrute del proyecto subvencionado exclusivamente a miembros de la asociación solicitante, ni las actividades dirigidas a los asociados/as de manera exclusiva o los gastos de funcionamiento ordinarios de la Asociación. También se excluyen los gastos que respondan a actividades lucrativas.
Requisitos.
Podrán beneficiarse las entidades o asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas, con sede en Hornachuelos, y que desarrollen sus actividades principalmente en el Municipio. Para ello, deben ser personas físicas, en representación particular de un grupo por iniciativa de carácter esporádico, sin finalidad de lucro y con residencia en Hornachuelos. No podrá serán beneficiarias, de las ayudas reguladas en estas bases, aquellas asociaciones que tengan suscrito convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Hornachuelos en la realización de actividades para el año de vigencia de dichas ayudas.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes está abierto hasta el 8 de agosto y se debe adjuntar a la solicitud los documentos que acrediten la personalidad del solicitante y la representación, la memoria del Proyecto, la memoria resumen por actividad y la memoria resumen global, por el total de las actividades a realizar y por el que se solicita ayuda. Se adjunta la autabaremación del proyecto presentado y el certificado de estar al corriente con las obligaciones tributarias de las administraciones además del certificado de titularidad bancaria.
El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará y resolverá en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con la valoración obtenida al aplicar los criterios, entre los que se encuentran el interés del programa detallado de actividades en relación, el índice de participación activa y desarrollo de eventos y actos locales organizados por el Ayuntamiento y voluntariado y el porcentaje de ayuda solicitada.
También se encuentran entre los criterios el número de socios dados de alta en la Asociación a 31 de diciembre del ejercicio anterior a la convocatoria y la cuota aportada por los socios.
El reparto del crédito total de la subvención, 20.000 euros, se llevará a efecto proporcionalmente a los puntos obtenidos por cada solicitante.
El pago de la subvención se realizará anticipadamente. El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas será el comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre del año natural en el que se conceda la subvención.
El Ayuntamiento de Hornachuelos ha establecido un servicio de información y asesoramiento que se atenderá a través del email: participacionciudadana@hornachuelos.es