Ayuntamiento de Hornachuelos

General

El pleno aprueba inicialmente el nuevo Reglamento de las Instalaciones Deportivas Municipales

8 de octubre de 2026

El Ayuntamiento de Hornachuelos ha aprobado inicialmente el nuevo Reglamento Regulador del Uso de las Instalaciones Deportivas Municipales, un documento que establece las normas que deberán regir la utilización de los espacios deportivos de titularidad municipal y que ahora se encuentra en periodo de información pública para la presentación de posibles alegaciones.

La aprobación inicial fue acordada por el Pleno del Ayuntamiento de Hornachuelos en sesión ordinaria celebrada el pasado 30 de septiembre de 2026. Ahora se abre un plazo de un mes para que las personas interesadas puedan presentar las alegaciones que consideren oportunas.

El nuevo reglamento tiene como finalidad establecer las normas que regulan el uso de las instalaciones deportivas municipales, tanto las destinadas específicamente a la práctica deportiva como sus espacios complementarios. El documento considera instalación deportiva cualquier instalación, campo, dependencia o espacio, cubierto o al aire libre, abierto o cerrado, destinado a la práctica deportiva o a la actividad física, incluyendo también zonas complementarias como vestuarios, almacenes o gradas.

El texto establece que las instalaciones deportivas municipales tienen la consideración de bienes de dominio público afectados a la prestación de un servicio público deportivo. El reglamento será aplicable a las instalaciones de titularidad municipal, con independencia de que su gestión sea directa o se realice mediante concesiones u otras fórmulas de gestión a través de clubes, asociaciones, empresas privadas u otras entidades.

Reservas, usos y cesiones

El reglamento contempla diferentes modalidades de utilización, entre ellas los usos puntuales, colectivos, de temporada y anuales. También permite usos deportivos alternativos compatibles con las características de cada instalación y contempla usos no deportivos cuando exista afinidad con el espacio solicitado.

Los usos extraordinarios, tanto deportivos como no deportivos, requerirán autorización expresa. Asimismo, las cesiones de instalaciones podrán ser anuladas cuando se produzca un incumplimiento de las condiciones establecidas.

La utilización de las instalaciones puede realizarse mediante programas municipales, a través de acuerdos con otras entidades o mediante las correspondientes cesiones o autorizaciones de uso. Estas pueden establecerse por año, curso escolar, temporada, periodo concreto, partido o evento.

El reglamento establece además criterios para resolver posibles coincidencias de solicitudes. En estos casos tendrán preferencia, entre otros supuestos, las actividades deportivas frente a las no deportivas, las actividades de mayor importancia, los campeonatos de mayor nivel, los grupos estables frente a los informales y las solicitudes presentadas con anterioridad.

Las reservas ordinarias deberán realizarse mediante la solicitud habilitada para ello. En caso de cancelación, esta deberá comunicarse con una antelación mínima de 48 horas; de no hacerlo, se establece la obligación de abonar el importe completo de la reserva.

En el caso de usos periódicos, el reglamento señala que será necesaria una reserva previa por escrito cuando se trate de utilizaciones que excedan del uso ordinario diario. La falta de utilización, la infrautilización o el impago pueden llevar a la pérdida de los derechos de concesión de uso durante un periodo de hasta dos años.

Obligaciones de los usuarios

Entre las obligaciones de los usuarios figura el uso adecuado de los espacios, materiales y equipamientos, el respeto a los horarios establecidos, al personal y al resto de usuarios, así como el abono de las tarifas correspondientes cuando sean exigibles.

También se establece que los daños ocasionados por un uso negligente o inadecuado podrán ser reclamados a los usuarios o entidades responsables. En el caso de los menores, serán sus padres, madres, tutores o representantes legales quienes asumirán las responsabilidades correspondientes en los términos establecidos en el reglamento.
El documento regula igualmente la indumentaria y el calzado, estableciendo que deberán ser adecuados para la práctica deportiva y que se utilizará calzado deportivo específico en entrenamientos y partidos.

Entre las prohibiciones expresamente recogidas figura fumar en las instalaciones, así como la venta y consumo de bebidas alcohólicas y de cualquier tipo de droga. Con carácter general tampoco se permite la entrada de animales, salvo los perros guía.

El reglamento también impide realizar juegos o calentamientos con balones u otros elementos en vestuarios, pasillos, gradas o espacios que no estén destinados a la práctica deportiva.

Derechos de los usuarios

El texto reconoce a los usuarios el derecho a recibir un trato respetuoso, disfrutar de los servicios en las condiciones establecidas, utilizar las instalaciones en los horarios reservados y disponer de los espacios complementarios asociados a la actividad.

También contempla el derecho a utilizar instalaciones y materiales en condiciones adecuadas, presentar quejas y sugerencias y consultar el reglamento que regula el funcionamiento de estos espacios.

Asimismo, el reglamento establece que las instalaciones estarán abiertas a todas las personas sin discriminación por razón de raza, sexo, religión, opinión o condición personal o social, sin perjuicio de las normas específicas de cada instalación.

Responsabilidades, seguridad y seguros

El Ayuntamiento contará con un seguro de responsabilidad civil en las instalaciones que gestione directamente para cubrir los accidentes derivados de defectos de las propias instalaciones, en los términos establecidos en el reglamento.

Por otra parte, las instalaciones deberán disponer de planes de emergencia, evacuación y protección contra incendios. Cuando se autoricen usos extraordinarios, la organización o entidad responsable deberá disponer de los planes específicos que correspondan a la actividad.

En determinadas modalidades de uso, los clubes, asociaciones, entidades o responsables de las actividades deberán asumir las obligaciones relacionadas con sus actividades y contar con los seguros correspondientes, con la excepción de la responsabilidad civil en los términos previstos por el propio reglamento.

Normas específicas para la piscina

El reglamento dedica un apartado específico a la piscina municipal. En él se establece que este espacio estará destinado a la actividad física y deportiva, el ocio, el baño y la enseñanza de la natación, y fija diferentes normas dirigidas a garantizar la seguridad y el correcto funcionamiento de la instalación.

Entre otras cuestiones, se prohíbe introducir objetos de vidrio o porcelana, escupir, correr o arrojar desperdicios, y se establece la obligación de ducharse antes de utilizar la piscina. Tampoco se permite el acceso a personas que presenten determinadas enfermedades infecciosas o heridas abiertas.

El reglamento fija además que no se permitirá la entrada al recinto de baño durante los últimos 30 minutos antes de la finalización del horario de baño público.

Pabellón y actividades deportivas

En el caso del pabellón, los entrenadores y responsables de los equipos deberán velar por el cumplimiento de las normas. El reglamento también contempla que el monitor responsable de una actividad deberá ser una persona adulta y que las solicitudes para determinadas utilizaciones deberán realizarse por escrito.

Para los equipos que utilizan los vestuarios se establecen también tiempos concretos de acceso y salida: los equipos podrán acceder a los vestuarios 15 minutos antes de la hora prevista para su actividad y, cuando se trate de un partido oficial, 20 minutos antes. Tras la actividad deberán abandonar el espacio en el plazo establecido.

En los usos escolares, las solicitudes deberán incluir información sobre el programa, las actividades, el número de participantes y las personas responsables. Para los clubes, federaciones, grupos y asociaciones también se regula la presentación de solicitudes de entrenamiento y los plazos para comunicar cambios o renuncias.

Régimen sancionador

Uno de los apartados más desarrollados del reglamento es el relativo a las infracciones y sanciones. El incumplimiento de las normas puede provocar la pérdida de la condición de usuario y las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves.

Las consecuencias varían en función de la gravedad y de la reincidencia. Una primera infracción leve puede dar lugar a un apercibimiento por escrito, mientras que la reiteración de infracciones leves puede implicar la pérdida de la condición de usuario durante un periodo de entre siete y treinta días.

Las infracciones graves pueden llevar aparejada la pérdida de la condición de usuario durante periodos de entre 30 días y un año, mientras que las muy graves pueden superar el año. El reglamento contempla además circunstancias atenuantes que pueden reducir la sanción hasta un 25 por ciento.

El procedimiento sancionador contempla un trámite de audiencia de cinco días hábiles y establece el órgano encargado de resolver, así como las posibilidades de recurso previstas en el propio reglamento. En situaciones de especial gravedad, el personal de las instalaciones podrá requerir a una persona que abandone el recinto y, si fuera necesario, solicitar la intervención de los servicios de seguridad.

Tarifas, mantenimiento y conservación

Las tarifas por utilización de las instalaciones serán las que se aprueben mediante la correspondiente ordenanza fiscal. El reglamento establece su carácter obligatorio para los usuarios, salvo los supuestos de exención que puedan estar contemplados.

El documento también dedica varios artículos a la conservación y mantenimiento de las instalaciones, así como a la elaboración de planes de mantenimiento y al control del inventario de equipamientos y espacios deportivos. El Área de Deportes será responsable de mantener actualizado el inventario de instalaciones deportivas municipales.
De esta forma, el reglamento no se limita a establecer las condiciones para reservar o utilizar una pista o instalación, sino que configura un marco general para la organización de los espacios deportivos municipales, las obligaciones de sus usuarios, el funcionamiento de las reservas y cesiones, las condiciones de seguridad, la conservación de los equipamientos y las consecuencias del incumplimiento de las normas.

Lo + VISTO ...

Volver
Ir al contenido