El equipo de gobierno del Ayuntamiento de Hornachuelos quiere expresar su posición radicalmente contraria al Proyecto de ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
El Gobierno presenta este texto con el único objetivo de dar cumplimiento a la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria. Y pretende basarse en el argumento de la carga financiera y económica que las corporaciones locales significan para la economía del país. Se trata de una afirmación sin fundamento, puesto que el endeudamiento público de las entidades locales está en torno al 4% del PIB, mientras que su déficit conjunto público total alcanzó en 2012 el 0,3% y será del 0% para el periodo 2013-2015. Estamos ante una apreciación errónea de los fines constitucionales de la Administración Pública, que no son otros que servir eficazmente a los intereses de los ciudadanos y ciudadanas, y donde las restricciones presupuestarias constituyen una limitación qu se respeta totalmente por las corporaciones locales, y no un fin en si mismo.
Pero además son las administraciones locales las únicas que están disminuyendo su nivel de endeudamiento, de tal modo que en 2012 más de tres mil ayuntamientos tuvieron superávit en sus liquidaciones presupuestarias.
El ciudadano, que es a quien nos debemos, acude a quien le presta mejor los servicios, y si a este fin acude a los municipios, en lugar de a otros entes de mayor ámbito territorial, es porque percibe que de la cercanía en la prestación se proporcionan servicios deonde sus necesidades particulares tienen mejor acomodo.
La ampliación del ámbito territorial del ente prestador provoca, indudablemente, la pérdida de atención a la particularidad; por otro lado, la eliminación de alternativas al ciudadano no provoca mayor bienestar a éste, sino pura prestación monopolística de los servicios y la clara tentación a privatizar su gestión y/o a requerir mayores pagos o copagos por el acceso a los mismos, lo que indudablemente redundará en unos servicios de menor calidad y mayor coste para el ciudadano. Esta va a ser la consecuencia ineludible de la nueva ley: servicios de mucha peor calidad con un coste más elevado que tendrán que costear los ciudadanos.
Recordemos que la Ley de Bases del Régimen Local, al referirse al municipio, señala que éste es «marco por excelencia de la convivencia civil, cuya historia es en muy buena medida la del Occidente a que pertenecemos. Tanto en España como en Europa el progreso y el equilibrio social han estado asociados desde la antigüedad al esplendor de la vida urbana y al consiguiente florecimiento municipal. Y viceversa, los períodos de estancamiento o de retroceso se han caracterizado igualmente por la simultánea decadencia de las comunidades ciudadanas, que en siglos ya lejanos llegó a consumarse con la ruina y extinción de los municipios».
El texto del proyecto del gobierno no es sino una apuesta por la decadencia de las referidas comunidades ciudadanas, que no resuelve en absoluto los problemas reales de estas entidades, que no son los de los alcaldes y alcaldesas sino los de los vecinos. Es un texto que en lugar de profundizar en los derechos democráticos de participación ciudadana, atenta decididamente contra ellos.
Los municipios y Entidades Locales Menores, tal como los concebimos en la actualidad, nacen en el medievo, cuando grupos de gentes se reúnen para mejor administrar sus propios intereses comunes en torno a un núcleo urbano. Así se inicia un proceso que, alo largo de los siglos permite a estas comunidades deshacerse de los vínculos de vasallaje que los unían a una nobleza ausente, lejana e indiferente a los intereses de los ciudadanos del burgo, y organizarse para la mejor gestión de sus intereses comunes. Hacernos desistir del ejercicio de nuestras históricas competencias supone hacernos renegar de los que somos, recuperar modos de gestión territoriales que han decído, para suerte de todos, muchos siglos atrás, y negar el modelo de convivencia democrática por el que hemos optado, confundiendo el Estado Constitucional Autonómico con un Estado Antimunicipal.
Así, la demonización que en el proyecto de ley del gobierno se hace por un lado de la entidad local menor, reducto de gran tradición democrática y que no sólo debe conservar su cualidad de Entidad Local sino que debe ser regulada en cuanto a su competencia y financiación, y por otra del pequeño municipio, ejemplo paradigmático de democracia participativa, propugnan un modelo que no podemos sino rechazar.
Queremos rechazar también y muy enfáticamente el injusto reproche insinuado de las excesivas remuneraciones de muchos de los representantes municipales que, realizan un gran trabajo en miles de casos dedicando larguísimas jornadas sin prácticamente ninguna retribución. Miles de alcaldes y concejales realizan su tarea sin retribución alguna.
El texto presentado, y que se pretende entre en vigor el 1 de enero de 2014, erosiona la autonomía local no respetando las competencias municipales, no tiene en cuenta los principios de proximidad y de equidad en la prestación de los servicios públicos, no respeta las competencias de las Comunidades Autónomas ni las distintas peculiaridades y realidades históricas reconocidas en los respectivos Estatutos de Autonomía y pone en peligro la prestación de los servicios sociales básicos que tanto necesitan los ciudadanos en estos momentos de dura crisis económica.
Pero además, supone obviar los compromisos internacionales adquiridos por España con la firma de la Carta Europea de Autonomía Local en 1985, que establece que en el contenido del compromiso adquirido con la adhesión se manifiesta en que las Entidades locales tengan «libertad plena para ejercer su iniciativa en toda materia que no esté excluida de su competencia o atribuida a otra autoridad» pero sobre todo que «el ejercicio de las competencias públicas debe, de modo general, incumbir preferentemente a las autoridades más cercanas a los ciudadanos» y que por tanto «la atribución de una competencia a otra autoridad debe tener en cuenta la amplitud o la naturaleza de la tarea o las necesidades de eficacia o economía». Este desprecio en poco coadyuva a mantener una credibilidad exterior imprescindible en momentos de crisis como la actual, máxime cuando claramente el modelo propuesto no es ni más eficaz ni más económico.
Al contrario, el modelo propuesto por el gobierno significará una gran ineficiencia en la prestación de servicios básicos (recogida y tratamiento de residuos sólidos, limpieza viaria, abastecimiento domiciliario de agua potable, acceso a los núcleos de población y pavimentación de las vías), pero también en las prestaciones sociales fundamentales para millones de ciudadanos. Servicios de atención domiciliaria, teleasistencia, menores, discapacidad, inclusión de inmigrantes, infancia, dependencia, mayores,…, dejarán de ser prestados desde el conocimiento que proporciona la cercanía, perderán su calidad y eventualmente podrían dejar de dar cobertura a muchos ciudadanos. Ineficiencia y mayor coste para los ciudadanos es el paradigma orientativo del proyecto de ley del gobierno.
Así, en el caso de los municipios con población inferior a 20.000 habitantes, la nueva redacción propuesta por el gobierno del artículo 26.2 de la Ley de Bases, vaciando de contenido competencial a éstos y disponiendo la prestación por las Diputaciones de servicios básicos, constituye el mayor atentado imaginable a la autonomía municipal y a la eficiencia en la prestación de servicios. Sólo provocará servicios peores y más costosos.
Ante la propuesta gubernamental no somos solo los Alcaldes/as los que vemos con preocupación esta reforma, sino que ha habido una reacción social unánime frente a la misma. Es necesario atender las razones que una inmensa mayoría de alcaldes y concejales, asociaciones y federaciones de entidades locales, empleados públicos, organizaciones sociales, sindicales o empresariales han pronunciado con toda claridad y contundencia.
Hoy queremos recoger todas estas voces, poniendo de manifiesto que no se trata tanto de una cuestión de mayorías parlamentarias para la aprobación de la Ley, sino de la necesaria búsqueda del consenso para alcanzar mayorías sociales.
Debe ser a través del diálogo constructivo con las entidades locales como se debe abordar el desarrollo del capítulo I del Título VIII de la Constitución y este desarrollo debe definir en primer logar el modelo institucional de participación efectiva de las entidades locales en la elaboración de las Leyes que les afectan y ampliar el régimen de impugnación de éstas ante el Tribunal Constitucional.
Por la hondura y la trascendencia de esta reforma, por la propia naturaleza de la materia que se pretende modificar y por la necesaria estabilidad y permanencia a que una ley que regule la vida local debe aspirar, solicitamos al Gobierno que, a fin de evitar la intervención del Tribunal Constitucional, retire su proyecto de ley y elabore uno nuevo en base a estos principios consensuados con los Alcaldes/as en el que se materialicen las necesidades reales de los municipios y de las entidades locales menores.
Denunciamos pues o estamos en contra de
- la vulneración del principio de autonomía local, en su configuración constitucional y en el marco de la Carta Europea de Autonomía Local. El Proyecto reduce el respeto a la autonomía local a una mera declaración sin contenido, frente a un alud de instrumentos de tutela económica y de gestión.
- La invasión del marco competencial de los diferentes Estatutos de Autonomía que otorgan competencias plenas en materia de organización de la Administración Local a diferentes CCAA. La reforma local que se define en el Proyecto, sin perjuicio del conjunto de objeciones de fondo que se formulan en estas alegaciones, tendría que establecer su carácter supletorio respecto a las CCAA con competencias plenas en la materia.
- La inadecuación del contenido del proyecto a las finalidades en que se fundamenta. El proyecto penaliza las administraciones que han realizado un esfuerzo más eficaz en favor de la contención del déficit público.
- Ni mejora la financiación local, ni consigue la racionalización y sostenibilidad de las finanzas locales. Finalmente manifestar la insolvencia del Proyecto de Ley desde la perspectiva de la financiación de las corporaciones locales. El Proyecto de Ley incorpora modificaciones substanciales en las competencias locales y no lo acompaña con la consiguiente reforma de la ley de haciendas locales con el fin de adecuar su financiación a las responsabilidades que les encomienda.
Hornachuelos, a 17 de Octubre de 2013