El municipio de Hornachuelos lleva años trabajando en el fomento del desarrollo del tejido empresarial, tanto del ya establecido como el de nueva creación. Y en este sentido intenta promover herramientas que, por un lado, propicien entre sus ciudadanos el trabajo por cuenta propia y la creación de nuevas empresas, y por otro, apoyen la consolidación de aquellas que están en sus primeras etapas de desarrollo.
Este edificio pretender ser un espacio impere un ambiente colaborativo de interrelación entre las diferentes iniciativas empresariales que se estén forjando en el municipio, que puedan ser utilizados tanto por los emprendedores para crear su propia empresa como por empresas de nueva creación o despachos profesionales que den apoyo a estas u otras necesidades latentes en el municipio. Una oferta de espacios enfocada fundamentalmente a las iniciativas locales que no encuentran esta oportunidad en el municipio.
El reglamento aprobado pretende marcar el funcionamiento ordinario del lugar, cumpliendo con el principio de proporcionalidad, conteniendo la regulación imprescindible para atender las necesidades que se pretenden cubrir, sin que esto suponga restricciones ni demasiadas obligaciones a los destinatarios. Se regulan tanto derechos y deberes del Ayuntamiento como los de los usuarios.
El concepto de coworking, se entiende como una organización de trabajo abierta y colaborativa, en la que emprendedores y profesionales de diferentes sectores económicos comparten un espacio de trabajo con el objetivo de promover la interacción de contactos personales e ideas de negocio, estableciendo sinergias en diferentes direcciones, viene siendo en los últimos años un modelo organizativo de gran acogida, especialmente en grandes ciudades. En este caso, la puesta en marcha del funcionamiento de este edificio, partirá de la voluntad de que funcione como un vivero de empresas o conjunto de oficinas de un centro de negocio en el que se comparten suministros de internet, luz, servicio de limpieza, sala de reuniones y otros servicios similares. Para que esto se produzca, será necesario la figura de un dinamizador del espacio para que se lleven a cabo actividades como organización de encuentros profesionales, networking, desayunos de trabajo, conferencias, cursos y todo tipo de eventos que son del interés para los que se instalen en este edificio o para otros profesionales con los que es posible establecer relaciones comerciales.
Entre alguna de las normas aprobadas nos encontramos que se consideran usuarios del edificio aquellas personas físicas o jurídicas, que accedan al mismo para hacer un uso legítimo de sus equipamientos y/o servicios en los términos descritos en el presente Reglamento.
Podrán optar a los servicios del edificio, aquellas iniciativas que sean empresas de nueva creación o con domicilio social en la localidad.
Se entienden por empresas de nueva creación, las empresas o empresarios individuales que inicien con la instalación en el edificio su actividad o cuya actividad haya iniciado en un plazo inferior a un año y no dispongan de espacio físico en el que realizar su finalidad empresarial.
También las empresas ubicadas en incubadoras de empresas pertenecientes al sector público (CADEs o Vivero de Empresas) o a la universidad y los proyectos de empresas creados por universitarios o jóvenes procedentes de Grados Medios o Superiores.
Estas empresas pagaran una cuota mensual establecida en el contrato por el uso del espacio asignado.
El edificio cuenta con un sistema de intrusión digitalizado para cada usuario que permite el horario de acceso a cada una de las oficinas las 24 horas del día, los 365 días del año, siendo el horario ininterrumpido, tanto para las oficinas como para todas las zonas comunes (excluyendo la sala de reuniones). Dicho acceso digitalizado estará ubicado en el acceso por calle Mayor. El acceso por calle La Palmera será secundario y estará abierto en el horario habitual de la administración local.
La sala de reuniones necesitará de solicitud expresa para poder ser utilizadas por los cesionarios del edificio.
Un convenio, entre la Fundación Pública Andalucía Emprende y el Ayuntamiento de Hornachuelos, permite que sea la Fundación quien se encargue de las solicitudes de incubación en el edificio y los contratos de ocupación se harán por un año con posibilidad de dos prórrogas de 6 meses.
Las cantidades a abonar por los cesionarios se determinaran de acuerdo a la correspondiente Ordenanza Fiscal reguladora que resulte de aplicación para el establecimiento del mencionado precio público.
Este reglamento de uso, está a disposición de los interesados en la web municipal.
El edificio
El edificio de usos múltiples Tiene una superficie total construida de 233,15 m². En la planta baja se encuentra una zona de cuatro despachos, que junto con los servicios comunes (acceso calles de entrada, hall distribuidor, escalera, ascensor, lavadero y aseos) cuenta con 115,15 m² construidos.
La planta alta cuenta con 118,00 m² construidos, que se distribuyen en sala de juntas, archivo y/o almacén, zona de espera y cinco oficinas de diferentes tamaños.
La zona de despachos se configura como oficinas independientes que se gestionaran en régimen de alquiler. Pueden dar cabida a uno o dos puestos de trabajo, dependiendo de la superficie y/o necesidades de los emprendedores. El pasillo al que se abren puede utilizarse también como zona de
La zona de archivo y/o almacén puede dar cabida a la necesidad de almacenar materiales necesarios del funcionamiento del propio edificio.
La sala de juntas puede ser utilizada para reuniones de personal o con clientes y proveedores, cursos de formación, charlas informativas o de presentación de productos, etc.
Las zonas descritas, a excepción de las zonas de servicios comunes, requerirán para su uso y ocupación de las correspondientes autorizaciones.
Las oficinas además están dotadas de la infraestructura básica necesaria, como iluminación, electricidad en tarifa básica, enganche a telecomunicaciones básica. Zonas comunes sin coste adicional para los que tengan asignada una oficina y recepción, administración y control de accesos, limpieza y mantenimiento de las zonas comunes del edificio, sala de espera, sala de reuniones, oferta de cursos de formación, videovigilancia de zonas comunes, servicio de asesoramiento y formación.
Dentro de los servicios que no serán de pago y que cada emprendedor debe acometer por sí mismo, estarán los derivados de su actividad diaria como puede ser uso de reprografía, fax, limpieza de oficinas alquiladas, zona office, y cualquier otra que no venga especificada.